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¿Qué dice el artículo 46 del Código Sustantivo del Trabajo?
ARTICULO 46.
CONTRATO A TERMINO FIJO. Subrogado por el art. 3, Ley 50 de 1990. El nuevo texto es el siguiente: El contrato de trabajo a término fijo debe constar siempre por escrito y su duración no puede ser superior a tres años, pero es renovable indefinidamente.
erizoraso4:
porfaaaaaaaaaaaaaa xd. me das corona
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