Respuestas
Respuesta:
toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica,
Explicación:
Respuesta:
la Constitución de 1917 representó en muchos sentidos una rup-
tura con respecto a la de 1857, a la cual pretendía reformar.
Dicha “reforma” significaba en principio que los constituyentes traba-
jarían bajo una lógica de continuidad de aquella que suponía la reafir-
mación del liberalismo y de las Leyes de Reforma, ese conjunto de leyes
y decretos, luego incorporados a la Constitución, que establecieron los
fundamentos del México moderno; entre ellos, el principio de separa-
ción y la libertad de cultos “como expresión y efecto de la libertad reli-
giosa”. Sin embargo, las fuerzas políticas y sociales desencadenadas por
la Revolución, así como las circunstancias específicas que envolvieron la
participación de algunos actores religiosos en la tormenta revoluciona-
ria, empujaron también a cambios drásticos en la regulación estatal de
la actuación pública de las Iglesias y agrupaciones religiosas en el país.
Al final, la Constitución de 1917 resultó mucho más radical que la an-
terior a la que se pretendía reformar. El centro de este cambio radical
fue la afirmación, en el que sería el artículo 130 de la Carta Magna,
de que “La ley no reconoce personalidad alguna a las agrupaciones
religiosas denominadas iglesias”. Acompañando ese principio, se esta-
blecieron una serie de medidas coercitivas destinadas a limitar el poder
Explicación:
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