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21
Los contribuyentes sin negocio sólo pagan el Impuesto a la Renta a la SUNAT. Además, la SUNAT recauda los siguientes tributos: el Impuesto General a la Ventas (IGV), el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), el Nuevo Régimen Único Simplificado (RUS), el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) y el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF), entre otros. Los contribuyentes sin negocio también pagan tributos a los municipios, entre ellos se encuentran: el Impuesto Predial, el Impuesto de Alcabala, el Impuesto al Patrimonio Vehicular, Impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos y Tasas (arbitrios y licencias), entre otros. En este caso, los contribuyentes sin negocio estarán afectos en la medida que realicen el hecho gravado.
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7
Según el marco tributario del SUNAT, los contribuyentes sin negocio no pagan la tercera categoría porque está está tipificada para personas con negocios, por lo tanto los contribuyentes sin negocios solo deben declarar impuesto a la renta.
No obstante, pudiesen aplicar impuestos por primera, segunda, cuarta y quinta categoría. En ese sentido, el SUNAT corresponde con la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, entidad recaudadora del Estado peruano. De esta manera, se contribuye al fisco nacional.
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