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Respuesta:Por lo expresado con anterioridad se considera la tutela una instituci�n subsidiaria de la patria potestad, diferenci�ndose en que la patria potestad es de Derecho natural, organizada directamente por la naturaleza y sancionada por el Derecho positivo mientras que la tutela est� organizada por el Derecho positivo en base al Derecho natural.
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5
Respuesta:
se considera la tutela una institucion subsidiaria de la patria potestad, diferenciandose en que la patria potestad es de Derecho natural, organizada directamente por la naturaleza y sancionada por el Derecho positivo mientras que la tutela está organizada por el Derecho positivo en base al Derecho natural .
Explicación:
ojalá te sirva :))
danielanizama21:
gracias
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