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No pueden ejercer el comercio: Los corredores; Los quebrados que no hayan sido rehabilitados; Los que por sentencia ejecutoriada hayan sido condenados por delitos contra la propiedad, incluyendo en éstos la falsedad, el peculado, el cohecho y la concusión.
camilawrubel:
gracias pero mi pregunta era porque esas personas no pueden
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2
Explicación:
ojalá que te ayude
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