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Respuesta dada por:
4
La doctrina establece como atributos de la personalidad, los siguientes: capacidad jurídica, nombre, domicilio, nacionalidad, patrimonio y estado civil, en cuanto a las personas físicas, así como todos ellos, excepto el estado civil, con relación a las personas morales.
espero que te ayude :)
Dios te bendiga ;)
ludma533:
graciass
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