Respuestas
Respuesta dada por:
0
Respuesta:
Conformación del Comité Escolar de Convivencia (Articulo 12, ley 1620)
El comité escolar de convivencia estará conformado por:
El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité.
El personero estudiantil.
Preguntas similares
hace 3 años
hace 3 años
hace 3 años
hace 5 años
hace 5 años
hace 7 años
hace 7 años