Respuestas
Respuesta:
1) Derechos inherentes: aquellos que comparten todas las personas por el solo hecho de pertenecer al género humano.
2) Derechos relativos a la seguridad: se refieren a la protección jurídica de cada individuo, a las garantías judiciales y a los debidos procesos.
3) Derechos políticos: tiene que ver con la libertad de pensamiento de cada persona y de asociación; también con todas aquellas acciones para participar en el fundamento de la autoridad del sitio donde se desenvuelven.
4) Derechos económicos y sociales: referidos a la propiedad individual y colectiva, el trabajo, la remuneración justa, el bienestar, la protección y todo lo que suponga la participación cultural en una comunidad.
5) Derechos jurídicos: aquellos que remiten a la educación, la nacionalidad, la libre circulación y el derecho a elegir el sitio de residencia.
6) Otros derechos: son los que apuntan a un orden internacional para que el resto de derechos puedan hacerse efectivos.
Explicación:
La Carta por sí misma no garantiza el cumplimiento de los Derechos Humanos. Son las acciones que se pongan en marcha por parte de los Estados miembros de la ONU y las organizaciones internacionales las que determinarán si se cumplen o no los Derechos Humanos en las diferentes partes del mundo. ¡Y desde aquí debemos actuar!
De hecho, en un plano más cercano, somos nosotros mismos los que podemos ayudar a que estos derechos se hagan efectivos, no importa cuál sea nuestra área de influencia o desempeño. Basta con tenerlos claros y velar por ellos.
Esta práctica, sobre todo cuando es voluntaria y altruista, puede inscribirse en lo que actualmente se denomina ciudadanía global, un movimiento a escala mundial que busca generar conciencia sobre los principales problemas de nuestra sociedad y aumentar el compromiso de las personas para proponer soluciones en su medio.
Respuesta:
1) Derechos inherentes: aquellos que comparten todas las personas por el solo hecho de pertenecer al género humano.
2) Derechos relativos a la seguridad: se refieren a la protección jurídica de cada individuo, a las garantías judiciales y a los debidos procesos.
3) Derechos políticos: tiene que ver con la libertad de pensamiento de cada persona y de asociación; también con todas aquellas acciones para participar en el fundamento de la autoridad del sitio donde se desenvuelven.
4) Derechos económicos y sociales: referidos a la propiedad individual y colectiva, el trabajo, la remuneración justa, el bienestar, la protección y todo lo que suponga la participación cultural en una comunidad.
5) Derechos jurídicos: aquellos que remiten a la educación, la nacionalidad, la libre circulación y el derecho a elegir el sitio de residencia.
6) Otros derechos: son los que apuntan a un orden internacional para que el resto de derechos puedan hacerse efectivos.
Explicación:
La Carta por sí misma no garantiza el cumplimiento de los Derechos Humanos. Son las acciones que se pongan en marcha por parte de los Estados miembros de la ONU y las organizaciones internacionales las que determinarán si se cumplen o no los Derechos Humanos en las diferentes partes del mundo. ¡Y desde aquí debemos actuar!
De hecho, en un plano más cercano, somos nosotros mismos los que podemos ayudar a que estos derechos se hagan efectivos, no importa cuál sea nuestra área de influencia o desempeño. Basta con tenerlos claros y velar por ellos.
Esta práctica, sobre todo cuando es voluntaria y altruista, puede inscribirse en lo que actualmente se denomina ciudadanía global, un movimiento a escala mundial que busca generar conciencia sobre los principales problemas de nuestra sociedad y aumentar el compromiso de las personas para proponer soluciones en su medio. espero que te ayude y coronita plsssssssssss