• Asignatura: Geografía
  • Autor: gabiuwu800
  • hace 3 años

¿Cuáles son los tipos generales de derechos?


-Derechos y deberes

-Derecho romano y derecho contemporaneo

-Derechos individuales y derechos sociales

-Derechos naturales y derechos jurídicos

Respuestas

Respuesta dada por: dobladochicasestefan
3

Respuesta:

Derechos y deberes

Explicación:

Espero te sirva

Respuesta dada por: diazjessica426
6

Explicación:

Si no eres estudiante de Derecho, es muy probable que no tengas tan claro que esta disciplina, definida según Castan Tobeñas como «el sistema de normas fundadas en principios éticos y susceptibles de sanción coercitiva, que regulan la organización de la sociedad y las relaciones de los individuos y agrupaciones que viven dentro de ella para augurar en la misa el consentimiento armónico de los fines individuales y colectivos», tiene varias ramas.

En este post encontrarás las principales ramas del derecho.

La primera división es la que separa el Derecho público del Derecho privado. El público se encarga de regular las actividades del Estado y los organismos públicos con los ciudadanos, es decir, cuando las partes en cuestión no tienen una posición de igualdad. Por su parte, el privado, se encarga de regular las relaciones entre individuos en igualdad de condiciones, y en este caso, puede llegar a haber más flexibilidad dentro de la legalidad.

Veamos las subdivisiones del derecho público y el privado.

Derecho público

Derecho administrativo: es la normativa que regula la administración del Estado, por tanto, se encarga de los posibles problemas que surjan entre las administraciones públicas y los ciudadanos, es decir, entre el Estado en sus varias formas y los individuos. (Enlace: cursos de Derecho Administrativo Sancionador)

Derecho constitucional: constituye el conjunto de normas que derivan de lo establecido por la Constitución, y los casos en los que se actúe en contra de estas leyes constitucionales se rigen por este derecho.

Derecho internacional público: se encarga de regular las relaciones entre Estados y organizaciones internacionales. Por consiguiente, recoge valores compartidos para el mantenimiento de la paz y la cooperación, y en este sentido, dependerá de la normativa legal de cada Estado.

Derecho penal: es el conjunto de normas que establecen las sanciones previstas para individuos que cometan un delito. Para ello, los delitos están claramente definidos según lo establecido por la norma.

Derecho tributario: es la rama del derecho que rige la Hacienda pública, por tanto, se encarga de la creación, recaudación y liquidación de los impuestos del Estado.

Derecho laboral: es la rama del derecho público que recoge las relaciones entre los trabajadores y sus empleadores, define sus derechos y obligaciones, entre ellos, los convenios colectivos y el derecho a huelga. No obstante, esta rama también tiene que ver con el derecho privado, por el tema de los contratos de trabajo, salarios y  vacaciones. En definitiva, es una de las ramas más amplias que recoge, además, aspectos de derecho constitucional.

Derecho privado

Derecho mercantil: son las normas que regulan la actividad de los comerciantes, las acciones comerciales y las relaciones jurídicas correspondientes. En este sentido, forma parte del derecho privado y actúa como derecho empresarial.

Derecho internacional privado: esta normativa reúne las normas vigentes para las relaciones jurídicas entre individuos sujetos a la normativa de diferentes Estados. Tiene como propósito determinar la ley y la autoridad competente para actualizar una relación específica, en caso de que se genere algún tipo de conflicto entre la normativa de dos o más países.

Derecho civil:  Hace parte del derecho privado y se encarga de regular, básicamente:

la persona y sus derechos civiles: los más básicos, de los que goza todo individuo por existir.

el patrimonio: todos los bienes y obligaciones de una persona individual.

las relaciones familiares: regula las relaciones entre individuos que deciden formar una familia, y las obligaciones que se derivan con respecto a otros individuos (comúnmente, los hijos) y al patrimonio.

la trasmisión por causa de muerte de bienes y derechos: o sea, el derecho de sucesión.

Es importante recordar que estas ramas son parte del «derecho objetivo» (conjuntos de normas que regulan) y que existe también la acepción «derecho subjetivo» para referirse a las facultades y prerrogativas que tiene un individuo (los derechos humanos, por ejemplo).

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