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Artículo 6: Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
El artículo 6 está siendo el foco de atención con el fenómeno de las desapariciones forzadas o involuntarias - la práctica de ciertos países de sustraer, detener y, posiblemente, ejecutar a personas- mientras sus familias rara vez saben cuál fue su paradero.
o puede ser de que seas conocida como una ciudadana, cuando te registran como un civil (acta de nacimiento)
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