• Asignatura: Contabilidad
  • Autor: dayanaromero1702
  • hace 4 años

resumen del articulo 464

Respuestas

Respuesta dada por: Anónimo
2

Respuesta:

La posesión de los bienes muebles, adquirida de buena fe, equivale al título. Sin embargo, el que hubiese perdido una cosa mueble o hubiese sido privado de ella ilegalmente podrá reivindicarla de quien la posea.

Si el poseedor de la cosa mueble perdida o sustraída la hubiese adquirido de buena fe en venta pública, no podrá el propietario obtener la restitución sin reembolsar el precio dado por ella.

Tampoco podrá el dueño de cosas empeñadas en los Montes de Piedad establecidos con autorización del Gobierno obtener la restitución, cualquiera que sea la persona que la hubiese empeñado, sin reintegrar antes al Establecimiento la cantidad del empeño y los intereses vencidos.

En cuanto a las adquiridas en Bolsa, feria o mercado, o de comerciante legalmente establecido y dedicado habitualmente al tráfico de objetos análogos, se estará a lo que dispone el Código de Comercio.


Anónimo: lo necesitas para ya
Anónimo: es que voy de salida esta fácil
Anónimo: pero en la tarde te doy la solución
santirebolledo637: la mitad de 464 plis
santirebolledo637: porfa
santirebolledo637: ??
santirebolledo637: ???
santirebolledo637: ????
santirebolledo637: mm
santirebolledo637: mmm
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