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lo define, refiriéndose al título incompleto, como “aquél en el que el suscriptor sólo ha plasmado su firma, dejando en forma deliberada, total o parcialmente, espacios en blanco para ser llenados por el tenedor legítimo, de acuerdo con instrucciones dadas a este último”.
Explicación:
ESPERO AVER AYUDADO
tanialopeztl295147:
Gracias
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