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Con el decreto que tenemos que tener en cuenta las medidas de prevención ante el Covid-19 además llevar nuestro alcohol y nuestro DNI.
Que, de acuerdo al artículo 82 de la Ley N° 26859, la convocatoria a Elecciones Generales debe hacerse con una anticipación no menor a doscientos setenta (270) días de la fecha del acto electoral;
Que el artículo 16 de la Ley Orgánica de Elecciones dispone que las Elecciones Generales se realizan cada cinco años, el segundo domingo del mes de abril.
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