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Respuesta:
DIVISIÓN POLÍTICO ADMINISTRATIVA
"Su gobierno es unitario, representativo y descentralizado, y se organiza según el principio de la separación de poderes." (Art. 43, Cap. I, "Del Estado y el Territorio". Constitución Política del Perú, 1993). Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (Art. 194 CPP)
GOBIERNO MUNICIPAL
La estructura orgánica del gobierno local la conforman el Concejo Municipal como órgano normativo y fiscalizador y la Alcaldía como órgano ejecutivo. (Art.194 Constitución Política del Estado)
DURACIÓN DE MANDATOS
Los alcaldes y regidores son elegidos por sufragio directo, por un período de cuatro (4) años. Pueden ser reelegidos. Su mandato es revocable e irrenunciable, conforme a ley.
SISTEMA DE REPRESENTACIÓN
Es electo a Alcalde el candidato con votación más alta, mayoría relativa. En el caso de los regidores a la lista ganadora se le asigna cifra repartidora o la mitad más uno de los cargos de Regidores del Concejo Municipal.
TIPO DE LISTAS
Lista cerrada y bloqueada.
CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL
Funciona como uninominal para alcaldes. En el caso de los concejales, circunscripciones de tamaño variable, plurinominal.
LEY DE CUOTAS Y PARIDAD
Para los Consejos Municipales se estipula que la posición de los candidatos en la lista, deberá estar conformada por no menos de un 30% de hombres o mujeres, no menos del veinte por ciento (20%) de ciudadanos o ciudadanas jóvenes menores de veintinueve (29) años de edad y un mínimo de quince por ciento (15%) de representantes de comunidades nativas y pueblos originarios de cada provincia correspondiente, donde existan, conforme lo determine el Jurado Nacional de Elecciones. Art.1 Ley Nº 28869 /2006
INSTRUMENTOS JURÍDICOS QUE NORMAN EL MUNICIPIO
Constitución Política del Perú de 1993 (incluye reformas del año 2005) y la Ley Orgánica de Municipalidades.
JUSTICIA ELECTORAL
El sistema electoral está conformado por el Jurado Nacional de Elecciones; la Oficina Nacional de Procesos Electorales; y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Actúan con autonomía y mantienen entre sí relaciones de coordinación, de acuerdo con sus atribuciones. (Art. 177 Constitución Política del Perú) El organismo electoral responsable de los procesos eleccionarios es el Jurado Nacional de Elecciones en Época Electoral goza de iniciativa legislativa en materia electoral. Fiscaliza la legalidad del ejercicio del sufragio, de los procesos electorales, del referéndum y de otras consultas populares, certifica los resultados electorales y otorgar las credenciales correspondientes al Presidente de la República, congresistas y autoridades regionales y locales. Verifican, principalmente, la conformidad del Padrón Electoral, del sistema informático utilizado por ONPE para el cómputo de votos y de los resultados.
Explicación:
espero te sirva
Respuesta:
El Estado Peruano es la organización representativa de todos los peruanos. Es unitario, con separación de Poderes. Ejerce los tres Poderes (gobierno nacional): ejecutivo, legislativo y judicial. La constitución, además, establece Organismos autónomos para labores específicas.
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