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¿Que significa el principio que afirma que los derechos subjetivos o libertades no son absolutos si no limitados por los derechos de los demás?
¿En qué normas jurídicas se encuentra reconocido?
Respuestas
Respuesta:
Los derechos fundamentales son tales por emanar directamente como atributos esenciales de la dignidad humana y constituir límites a la soberanía como establece el artículo 5° inciso 2° de la Constitución, al estar expresamente definidos como emanaciones de la dignidad de la persona humana o como atributos esenciales del ser humanos por los Tratados ratificados por el Estado e incorporados al derecho interno y por poseer un procedimiento especial para su modificación o desarrollo, como lo establece el artículo 127 inciso 2º de la Carta Fundamental.
José Luis Ceaseñala que los derechos fundamentales son aquellos "derechos, libertades, igualdades o inviolabilidades que, desde la concepción, fluyen de la dignidad humana y que son intrínsecos de la naturaleza singularísima del titular de esa dignidad. Tales atributos, facultades o derechos públicos subjetivos son, y deben ser siempre, reconocidos y protegidos por el ordenamiento jurídico, permitiendo al titular exigir su cumplimiento con los deberes correlativos" (2).
En nuestro ordenamiento constitucional consideramos que por derechos fundamentales o humanos puede entenderse el conjunto de facultades e instituciones que, concretan las exigencias de la libertad, la igualdad y la seguridad humanas en cuanto expresión de la dignidad de los seres humanos, en un contexto histórico determinado, las cuales deben ser aseguradas, promovidas y garantizadas por los ordenamientos jurídicos a nivel nacional, supranacional e internacional, formando un verdadero subsistema dentro de estos.
Respuesta:os derechos fundamentales, si bien no deben ser condicionados en cuanto a su ejercicio, ... Estas limitaciones se encuentran referidas exclusivamente a los derechos ... En Chile, por ejemplo, la libertad de culto reconoce como limitación el ... en el artículo 30 de la Convención significa norma jurídica de carácter general, ...
Explicación: