Hola, alguien me podria explicar el articulo 80 de la Constitucion Nacional Argentina? Necesito exponer en el colegio la constitucion, y me piden que explique con mis palabras.. Desde ya gracias
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Respuesta:
Artículo 80 Se reputa aprobado por el Poder Ejecutivo todo proyecto no devuelto en el término de diez días útiles. ... Sin embargo, las partes no observadas solamente podrán ser promulgadas si tienen autonomía normativa y su aprobación parcial no altera el espíritu ni la unidad del proyecto sancionado por el Congreso.
Explicación:
PUEDES DAR CORONITA
c25102:
Y SERMI AMIGO
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