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A este respecto, la Asamblea General de Naciones Unidas en 1946 (Resolución 96) distinguió entre los crímenes de genocidio y de homicidio al describir al genocidio como “una negación del derecho de existencia a grupos humanos enteros” y al homicidio como “la negación a un individuo humano del derecho a vivir”.
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