Impuesto a la renta de personas naturales no obligadas a llevar contabilidad
Respuestas
De acuerdo a la Ley de Profesionalización del Contador, los comerciantes con intervención de un Contador Público Colegiado serán los que supervisen y rubriquen los libros de Contabilidad según sea el caso, algunos libros o en forma completa. La SUNAT, como administradora de tributos podrá exigir al contribuyente el registro de sus ingresos y operaciones en libros especiales a fin de asegurar la verificación de su situación impositiva. Los contribuyentes del impuesto a la renta podrán mantener la documentación sustentatoria e información relativa a sus operaciones contables bajo el sistema de microfilmado en la forma, plazo y condiciones que establezca la SUNAT. De acuerdo al Artículo 65° de la Ley del Impuesto a la Renta están obligados a llevar libros de contabilidad las personas indicadas en el cuadro de la página siguiente, según el régimen tributario a que pertenecen.
Cabe mencionar que los ingresos brutos anuales se refiere al ejercicio gravable anterior y la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) al presente. Pero si una empresa inicia sus actividades en el año 2008 por ejemplo, deberá considerar sus Ingresos Brutos y la UIT correspondientes al mismo año 2008.