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Una de las decisiones más importantes al iniciar tu negocio es poder definir el tipo de empresa que vas a crear, ya que de esto dependerá tu desarrollo empresarial con posibles impactos legales, fiscales, contables y administrativos.
Una recomendación para el registro de tu negocio es que te apoyes de un abogado especializado en derecho corporativo o en un notario para que te asesore en el mismo.
En la actualidad hay muchas empresas que no cuentan con un registro ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT). El registro fiscal es muy importante para tu empresa, ya que uno de los principales beneficios de hacerlo es que podrás adquirir créditos con los bancos para poder hacer crecer tu negocio, pues es un requisito indispensable en la solicitud de un crédito.
Al realizar tu registro, podrás tener acceso a un mercado más potente que el del sector informal; por ejemplo, a través de redes empresariales podrás conectarte con proveedores y así aumentar tu gama de productos en el mercado.
Seguramente te preguntarás, ¿qué tipo de empresas se pueden crear o registrar? Las formas más populares para registrar tu negocio son: persona moral, persona física con actividad empresarial, sociedad anónima, sociedad civil y asociación civil.
Las últimas dos formas no son consideradas sociedades mercantiles, sino que están constituidas sin fines de lucro; es decir, una empresa que no persigue un beneficio económico sino que tiene una finalidad social, humanista o comunitaria.
A continuación te compartimos los pasos y algunos de los documentos que debes tener a la mano para dar de alta a tu empresa.
El primero es solicitar una cita en el SAT, la única institución oficial que puede realizar tu registro. Puedes realizarla por Internet en www.sat.gob.mx o vía telefónica llamando al (01800) 463-6728.
Asesórate y decide tu régimen fiscal; es decir, si te registras como persona física con actividad empresarial o persona moral.
Para cualquiera de los dos regímenes te solicitarán los siguientes documentos:
CURP o acta de nacimiento del representante legal
Identificación oficial (credencial de elector, pasaporte vigente, cédula profesional o cartilla del servicio militar)
Comprobante de domicilio fiscal
Acta constitutiva de la empresa (expedida por un notario público).
Recuerda que éstos son los requisitos mínimos para poder dar de alta tu empresa. Los procedimientos o requisitos pueden variar dependiendo del giro empresarial.
Te recomendamos que acudas o te asesores antes de asistir y tomes en cuenta que tener un negocio formal te permite crecer y cumplir tus metas en menos tiempo y con mayores beneficios.
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El autor es subdirector de Contenidos Pyme Educación Financiera de BBVA Bancomer.
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