• Asignatura: Derecho
  • Autor: sabu24
  • hace 4 años

art 37 de la Constitución

Respuestas

Respuesta dada por: alovela304
2

Artículo 37: México reconoce en el apartado A) del artículo 37 constitucional que ningún mexicano por nacimiento podrá ser privado de su nacionalidad, pero se incurre en una contradicción al reconocer el derecho a la doble nacionalidad para aquellos que tengan la mexicana por nacimiento y negarle ese derecho a los nacionales

Respuesta dada por: brisamg0826
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Respuesta:

Artículo Nº 37 de la Constitución Nacional

Esta Constitución garantiza el pleno ejercicio de los derechos políticos, con arreglo al principio de la soberanía popular y de las leyes que se dicten en consecuencia, el sufragio es universal, igual, secreto y obligatorio.

La igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios se garantizará por acciones positivas en la regulación de los partidos políticos y en el régimen electoral.

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