Respuestas
En este contexto, la idea de igualdad
serviría para determinar, razonable y no arbitrariamente qué grado de desigualdad jurídica de trato entre dos o más personas es tolerable, es decir, la igualdad sería el criterio
que mediría el grado de desigualdad jurídicamente admisible. A partir de ahí, el autor
disecciona esta idea de igualdad mediante las distinciones entre igualdad en el contenido
y en la aplicación de la ley, igualdad real e igualdad formal, igualdad y prohibición de
la discriminación. Finaliza el trabajo con un análisis del derecho fundamental a no ser
discriminado que incluiría, por un lado, la igualdad de trato y las prohibiciones de discriminación tanto directas como indirectas y, por otro lado, la igualdad de oportunidades y
la licitud y exigencia de medidas de acción positiva.