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En Derecho Político, el estado de sitio es un régimen de excepción que debe ser declarado por el poder ejecutivo, en particular por el jefe de Estado, y con la autorización del órgano legislativo correspondiente a ejecutarlo. El estado de sitio representa un concepto equivalente al de estado de guerra, y por ello se dan a las fuerzas armadas facultades preponderantes para los actos de represión. Durante el estado de sitio quedan en suspenso las garantías constitucionales, con mayor o menor extensión, según las legislaciones.
El estado de excepción (que en otras naciones se conoce como estado de emergencia) es un mecanismo contemplado en la Constitución de la República – aproblado por el Presidente o la Asamblea Legislativa – para enfrentar un situación extraordinaria, como una catástrofe, perturbación del orden social u otro peligro considerado muy grave. Con este estado se restringen ciertos derechos fundamentales, ya sea de manera parcial y total. En tanto, un estado de sitio lo declara el Presidente de la República – con el aval de la Asamblea Legislativa – y le da plenos poderes a la fuerza armada para que reprima graves disturbios sociales. Porfa. Ponla como los mejor respuesta.