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Respuesta dada por:
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Respuesta:Artículo 58. Se garantizan la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, los cuales no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores. ... El Estado protegerá y promoverá las formas asociativas y solidarias de propiedad.
Explicación:espero que les sirva:)
mateodz2009:
estoy diciendo ejemplo nooo el articulo
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