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Respuesta dada por:
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Respuesta:
El derecho humano al agua es fundamental e irrenunciable. El
agua constituye patrimonio nacional estratégico de uso público,
inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida.
Art. 13.- Las personas y colectividades tienen derecho al acceso seguro y
permanente a alimentos sanos, suficientes y nutritivos; preferentemente
producidos a nivel local y en correspondencia con sus diversas identidades
y tradiciones culturales.
El Estado ecuatoriano promoverá la soberanía alimentaria.
Explicación:
espero que te sirva y que no te saques mala nota uwu
danieladiazchavez565:
gracias:)
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