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Respuesta dada por:
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Respuesta:
artículo 2⁰ de la constitución del Perú
Explicación:
articulo 2⁰.- A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole.
espero aber ayudado :3
gamarraalfredo:
Gracias, pero me cambiaste de tema, lo que yo pregunte era sobre la identidad de la persona, no de la discriminación, pero gracias
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