Elabora una acción de tutela académica
porfa me ayudan necesito que la hagan
en otras respuestas dicen que es pero no nos ayudan a hacerla

Respuestas

Respuesta dada por: nahomynb2015
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Respuesta:

COMPETENCIA EN ACCION DE TUTELA - Cuando la tutela se dirige en

contra de entidades públicas del orden nacional, el conocimiento de

segunda instancia corresponde al Consejo de Estado / UNIVERSIDAD

NACIONAL DE COLOMBIA - Ente universitario del orden nacional.

Impugnación competencia del Consejo de Estado

El artículo 1 del Decreto 1210 de 1993, por el cual se reestructura el Régimen

Orgánico Especial de la Universidad Nacional de Colombia, establece que la

Universidad Nacional es un ente universitario autónomo del orden nacional…

Corresponde a los Tribunales Superiores de Distrito Judicial, Administrativos o

Consejos Seccionales de la Judicatura, el conocimiento, en primera instancia, de

las acciones de tutela que sean presentadas contra Universidad Nacional de

Colombia. Así las cosas, la Sala es competente para conocer la impugnación

interpuesta contra el fallo de primera instancia en virtud de lo establecido por la

Corte Constitucional y el artículo 32 del Decreto 2591 de 1991, el cual reglamenta

la acción de tutela.

FUENTE FORMAL: DECRETO 1210 DE 1993 - ARTICULO 1 / DECRETO 2591

DE 1991 - ARTICULO 32 / DECRETO 1382 DE 2000 - ARTICULO 1

NOTA DE RELATORIA: al respecto, ver las siguientes providencias de la Corte

Constitucional: Auto 157 de 2006 y Auto 232 de 2008.

PROCEDENCIA DE LA ACCION DE TUTELA CONTRA ACTOS ACADEMICOS

- Unico medio defensa de derechos fundamentales

Sea lo primero indicar, que las actuaciones de la Universidad Nacional censuradas

(cancelar la nota de la asignatura de Psiquiatría II, no permitir la inscripción de la

asignatura Psiquiatría I), pueden catalogarse como actos académicos, frente a los

cuales, la Jurisprudencia Contenciosa Administrativa y de la Corte Constitucional

han indicado que no son susceptibles de contradicción ante la Jurisdicción de lo

Contencioso Administrativo, en consecuencia, la acción de tutela se erige

procedente para analizar la trasgresión de derechos fundamentales en torno a su

contenido… En un caso parecido la Corte Constitucional determinó que los actos

académicos son objeto de tutela porque no son objeto de control por parte de la

justicia contencioso-administrativa… Por consiguiente, si no son susceptibles de

control contencioso-administrativo, el único medio de defensa que tiene la persona

frente a actos académicos será el control constitucional ante los casos de violación

de derechos fundamentales… Por lo anteriormente expresado, la Sala abordará el

estudio del fondo del asunto planteado, teniendo en cuenta que los motivos de

inconformidad expresados por la demandante frente a la actuación de la

Universidad Nacional de Colombia se circunscriben a la forma como se le aplicó el

nuevo Estatuto Estudiantil, en relación con la asignación de créditos para cursar y

culminar el programa académico

Explicación:

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