Respuestas
Respuesta dada por:
1
Respuesta:
juicio amparo
Explicación:
El juicio de amparo puede promoverse por la persona física o moral a quien afecte la norma general o el acto reclamado en términos de la fracción I del artículo 5o. de esta Ley. El quejoso podrá hacerlo por sí, por su representante legal o por su apoderado, o por cualquier persona en los casos previstos en esta Ley.
Respuesta dada por:
0
Respuesta:
juicio amparo
Explicación:
La Suprema Corte de Justicia de la Nación –máximo tribunal del país integrado por once ministros- conocerá del juicio de amparo directo de manera excepcional, esto es, al ejercer la facultad de atracción por considerar que el asunto reviste importancia y trascendencia que puede ser política, social o económica
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