Respuestas
Respuesta:
1. Cuestión constitucional
La cuestión territorial es un asunto de Estado constitucionalmente definido. No permite ningún tipo
de enajenación, es imprescriptible e inalienable. Por tanto, está sometido a bloqueo constitucional lo
cual significa que nadie puede disponer del territorio sin grave violación del orden constitucional.
En tal sentido, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) de 1999 en su artículo
10 establece claramente qué comprende nuestro territorio: “El territorio y demás espacios geográficos
de la República son los que correspondían a la Capitanía General de Venezuela antes de la
transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las modificaciones resultantes de los
tratados y laudos arbitrales no viciados de nulidad”.
2. Definición del territorio
El concepto de territorio tiene varios componentes del espacio geográfico que consiste en los espacios
continental e insular, lacustre y fluvial, mar territorial, áreas marinas; el suelo y subsuelo de éstos; el
espacio aéreo continental, insular y marítimo y por supuesto, los recursos que en ellos se encuentran.
3. El origen de la titularidad
Con la declaratoria de Independencia en 1810, la Constitución de 1811 consagra una República libre
e independiente que para la Constitución de 1821 correspondiente a la conformación de la Gran
Colombia, define al territorio de Venezuela como el que correspondía a la Capitanía General que, de
forma meridiana, en la Constitución de 1830 determina que es justamente el que correspondía a la
Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política de 1810.
Esto es que Venezuela posee títulos históricos y legales que definieron desde su origen republicano su
territorio conforme Uti Posseditis Juris, esto es que la titularidad otorga los derechos soberanos
originarios
Explicación: El Esequibo fue controlado por el imperio español, el holandés y más tarde el británico, que en 1897 se comprometió con Venezuela, que reclamaba el territorio, a resolver la disputa en tribunales internacionales.