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Derecho a la educación. Corresponde a un derecho fundamental que está ligado, de manera indisoluble, a la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948). Es el derecho vital para el desarrollo económico, social y cultural de todas las sociedades. Sin embargo, continúa siendo inaccesible para millones de niños en el mundo.
La ley de sufragio femenino. Corresponde al reconocimiento del derecho humano universal de voto, también para las mujeres. Es un derecho que acompaña el movimiento de liberación femenina (un proceso de lucha que continúa aún en la actualidad) que apoya la libertad de las mujeres y proclama igualdad de estatus económico y social.
La abolición de la esclavitud. Corresponde a la anulación de leyes, preceptos y costumbres que atentan contra los principios éticos y morales, que reducen a las personas a la condición de esclavos. A pesar de la abolición de la esclavitud, en la actualidad existen hacendados que tienen esclavos de manera ilegal, como el caso de Brasil donde en el 2003 el gobierno liberó a más de diez mil esclavos.
Los derechos para las personas con discapacidad. Corresponde a la igualdad de oportunidades y libertades, sin discriminar a las personas con discapacidad. Por ejemplo, el derecho a trabajar de acuerdo a su discapacidad y a recibir salarios igualitarios con otras personas.
La libertad de expresión. Corresponde al derecho de todas las personas, grupos y organizaciones, a comunicarse y expresarse de manera libre, a no ser molestados por causa de sus opiniones y a expresare en todas sus formas y medios de difusión, así como la más amplia y existencia de medios de comunicación independientes.
El acceso a la justicia. Corresponde a un principio básico de un estado democrático, en el que las personas pueden hacer oír su voz y acudir a un tribunal para reclamar que se protejan sus derechos sin importar su estatus económico, social, político, racial, sexual, etc.
Derecho a la salud. Corresponde al derecho a gozar, sin distinción de raza, religión, ideología o condición social, del más alto nivel de salud que permita a cada persona vivir dignamente. El derecho alcanza la garantía de plena disponibilidad, acceso, calidad y aceptabilidad de facilidades, bienes, servicios y condiciones.
Igualdad de género
La igualdad de género es un principio constitucional que implica que mujeres y hombres deben recibir los mismos beneficios, las mismas sentencias y ser tratados con el mismo respeto. Es decir, que todas las personas (sin distinción de su condición sexual) tienen los mismos derechos y deberes frente al Estado y a la sociedad.
Para que la ley resulte efectiva, la igualdad debe traducirse en oportunidades reales y efectivas, como ir a la escuela, acceder a un trabajo, acceder a servicios de la salud y de seguridad social, a postularse para cargos de representación popular y a participar en asuntos de las comunidades, organizaciones y partidos políticos.
La igualdad entre los géneros es un derecho fundamental, necesario para alcanzar un mundo pacífico, próspero y sostenible. Sin embargo, más de cien países aún no tienen leyes que protejan a las mujeres de la violencia, como Arabia Saudita, Jordania, Irán, Afganistán, Iraq, entre otros.
En esos países, las mujeres no gozan de los mismos derechos que los hombres, tienen restricciones para acceder a empleos e instituciones educativas, no pueden elegir con quien casarse ni pedir el divorcio.
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Igualdad de oportunidades
La igualdad de oportunidades que permite alcanzar una sociedad más justa se calcula mediante diferentes indicadores estadísticos, es decir, herramientas que permiten evidenciar en qué medida, mujeres y hombres participan de una misma situación.
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