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La sentencia del Santo Oficio determinaba que de los Núñez de Carbajal (O Caravajal) no habría de quedar memoria. Pero aquel día de marzo de 1601, a la desdichada Mariana, sobreviviente del desastre de aquella familia, nada le importaba ya. “Recuperada” –o al menos eso dicen los papeles de su proceso- del acceso de “locura” que le preservó la vida durante cinco años, mientras la mayor parte de sus parientes eran ya polvo quemado y disperso, aquella muchacha se disponía a morir por garrote. Luego, su cuerpo ardería para que no quedase rastro de ella y se perdiera toda huella de su paso por la tierra.
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