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La protección y defensa de los consumidores y usuarios, se encuentra en la Constitución Política, en el artículo 65° “El Estado defiende el interés de los consumidores y usuarios. Para tal efecto garantiza el derecho de la información sobre los bienes y servicios que se encuentran a su disposición en el mercado. Asimismo vela, en particular, por la salud y la seguridad de la población”.
Juan Carlos Gonzales Ardiles
Para mi es especialmente grato asumir la presidencia de la Comisión de Defensa del Consumidor para el Periodo Legislativo 2016-2017, he sido asesor de la Comisión en el año en que se debatía el dictamen del Código de Protección y Defensa del Consumidor en el año 2009, y he seguido directamente los debates hasta su aprobación en el año 2010, por ello estoy muy consciente de cuánto hemos avanzado como país en la Defensa del Consumidor y del camino que nos falta por recorrer, por ello centraremos nuestra gestión impulsando la municipalización de la misma, ya que la defensa del consumidor debe llegar al lugar más alejado de la capital pues ahí también hay consumidores con los mismos derechos que los consumidores y usuarios de las ciudades, sin embargo ellos no tienen las mismas oportunidades para alcanzar justicia en sus reclamos de consumo porque las instituciones están muy lejos, por ello hay que dar atención a la Protección de los consumidores y usuarios más vulnerables; y hacer realidad el funcionamiento del arbitraje de Consumo que se creó con el Código y que hasta el momento no se aplica en su real dimensión.o defiende el interés de los consumidores y usuarios. Para tal efecto garantiza el derecho de la información sobre los bienes y servicios que se encuentran a su disposición en el mercado. Asimismo vela, en particular, por la salud y la seguridad de la población”.
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La Osiptel es una institución que se encarga de regular y supervisar los encargos de servicios públicos de telecomunicaciones
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