De qué trata el artículo 60 de la Constitución nacional​


soledad199694: q entiendo por sus tansia puras
jm4510236: me siguen y yo lesigo plisss

Respuestas

Respuesta dada por: vilchismajo
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Explicación:

Artículo 60.- El organismo público previsto en el artículo 41 de esta Constitución, de acuerdo con lo que disponga la ley, declarará la validez de las elecciones de diputados y senadores en cada uno de los distritos electorales uninominales y en cada una de las entidades federativas; otorgará las constancias .


hugopiris55: Gracias
jcarortiz: tenkiu somach
jm4510236: Gracias
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