• Asignatura: Derecho
  • Autor: jarygisell62007
  • hace 4 años

explicacion del articulo 50 de la constitucion politica de colombia​

Respuestas

Respuesta dada por: lauriaambar
0

Respuesta:

Artículo Nº 50 de la Constitución Nacional

Los diputados durarán en su representación por cuatro años, y son reelegibles; pero la Sala se renovará por mitad cada bienio; a cuyo efecto los nombrados para la primera Legislatura, luego que se reúnan, sortearán los que deberán salir en el primer período.

Explicación:

Preguntas similares