• Asignatura: Historia
  • Autor: adrianamendez2512202
  • hace 4 años

AÑO ARTÍCULO CONSTITUCIONAL PAPEL CONSTITUCIONAL

FUERZA ARMADA

1841

Art. 72: “La fuerza armada es esencialmente obediente,

no puede deliberar, y los individuos de ella en servicio

no podrán ser electos diputados”.

No aparece ninguna función

constitucional de la fuerza

armada.

1872

Art. 120 “La Fuerza Armada es instituida, para mantener

incólume la integridad del territorio salvadoreño; para

conservar y defender la autonomía nacional; para

hacer cumplir la ley y guardar el orden público, y para

hacer efectivas las garantías constitucionales”.

La función de hacer efectivas

las garantías constitucionales

que se introducen en esta

constitución es propia de una

Corte Suprema de Justica y no

de una fuerza armada.

1950

Art. 112.-“La Fuerza Armada está instituida para

defender la integridad del territorio y la soberanía de la

República, hacer cumplir la ley, mantener el orden

público y garantizar los derechos constitucionales.

Velará especialmente porque no se viole la norma de

la alternabilidad en la Presidencia de la República”.

Se mantiene la función de

velar por las garantías

constitucionales y se le da

además la función de velar por

la alternabilidad en la

presidencia.

1983

Art. 211.-“La Fuerza Armada es una Institución

permanente al Servicio de la Nación. Es obediente,

Profesional, apolítica y no deliberante"”.

Art. 212.- “La Fuerza Armada tiene por misión la

defensa de la soberanía del Estado y de la integridad

del territorio. El presidente de la República podrá

disponer excepcionalmente de la Fuerza Armada para

el mantenimiento de la paz interna, de acuerdo con lo

dispuesto por esta”.

Con las reformas de los

Acuerdos de Paz después de

1992, se quitó la función

constitucional de las fuerzas

armadas y se le deja

supeditada al poder civil​

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Respuesta dada por: hdramirez2017
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