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Una Constitución con perspectiva de derechos debe pensarse para dotar de facultades a las y los servidores públicos para respetar, proteger, promover y garantizar los derechos fundamentales de las y los ciudadanos. Ello significa mandatarles a hacer todo lo que este en el ámbito de sus atribuciones para cumplir con esas obligaciones, pero al mismo tiempo, significa también prohibirles hacer todo aquello que las menoscabe.
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