¿que recursos materiales y humanos necesita una organización dedicada a la venta de artículos médicos?
Respuestas
Respuesta:
De acuerdo con lo establecido en
el artículo 15, apartado 2, y
artículo 18, apartado 3, del
Reglamento de los Servicios de
Prevención, la dotación de los
mismos deberá ser adecuada a
las funciones que realicen,
debiendo comprender equipos y
materiales sanitarios adecuados,
así como equipos y material de
archivo.
2. Los locales sanitarios de los
Servicios de Prevención pueden
ser propios, alquilados o cedidos,
debiendo reunir las condiciones
siguientes:
Ser de uso exclusivo del
Servicio de Prevención en
las horas en que éste
disponga de ellos.
Acreditar documentalmente
que son locales propios,
alquilados, o cedidos, y el
horario dedicado al Servicio
de Prevención.
Los locales deberán
cumplir la normativa
vigente referente a
iluminación, ventilación,
temperatura, agua potable,
accesibilidad,
antiincendios, etc., así
como poseer accesos sin
barreras arquitectónicas.
Estar autorizados como
centros o servicios
sanitarios.
3. Instalaciones que garanticen en
todo caso la dignidad e intimidad
de las personas, separadas del
resto del Servicio de Prevención,
sin menoscabo de la necesaria
coordinación. Deberán disponer
de:
Sala de recepción y espera.
Despacho/s médico/s, con
áreas de consulta y
exploración (con lavabos).
Despacho/s de enfermería,
con áreas de consulta y
exploración (con lavabos).
Locales específicos en
función del resto de
actividades que realicen, en
su caso (salas de
r adiodiagnóstico,
laboratorio de análisis
clínicos, cabina
audiométrica, etc).
Aseos independientes en el
recinto o en sus
proximidades.
4. Equipos y materiales sanitarios
adecuados para la vigilancia de
la salud de los trabajadores, en
relación con los principales
riesgos derivados del trabajo en
la empresa o empresas
atendidas y número de
trabajadores. La dotación mínima
al respecto será:
Respuesta:De acuerdo con lo establecido en
el artículo 15, apartado 2, y
artículo 18, apartado 3, del
Reglamento de los Servicios de
Prevención, la dotación de los
mismos deberá ser adecuada a
las funciones que realicen,
debiendo comprender equipos y
materiales sanitarios adecuados,
así como equipos y material de
archivo.
2. Los locales sanitarios de los
Servicios de Prevención pueden
ser propios, alquilados o cedidos,
debiendo reunir las condiciones
siguientes:
Ser de uso exclusivo del
Servicio de Prevención en
las horas en que éste
disponga de ellos.
Acreditar documentalmente
que son locales propios,
alquilados, o cedidos, y el
horario dedicado al Servicio
de Prevención.
Los locales deberán
cumplir la normativa
vigente referente a
iluminación, ventilación,
temperatura, agua potable,
accesibilidad,
antiincendios, etc., así
como poseer accesos sin
barreras arquitectónicas.
Estar autorizados como
centros o servicios
sanitarios.
3. Instalaciones que garanticen en
todo caso la dignidad e intimidad
de las personas, separadas del
resto del Servicio de Prevención,
sin menoscabo de la necesaria
coordinación. Deberán disponer
de:
Sala de recepción y espera.
Despacho/s médico/s, con
áreas de consulta y
exploración (con lavabos).
Despacho/s de enfermería,
con áreas de consulta y
exploración (con lavabos).
Locales específicos en
función del resto de
actividades que realicen, en
su caso (salas de
r adiodiagnóstico,
laboratorio de análisis
clínicos, cabina
audiométrica, etc).
Aseos independientes en el
recinto o en sus
proximidades.
4. Equipos y materiales sanitarios
adecuados para la vigilancia de
la salud de los trabajadores, en
relación con los principales
riesgos derivados del trabajo en
la empresa o empresas
atendidas y número de
trabajadores. La dotación mínima
al respecto será:
vine tarde