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Las mujeres atenienses tenían sus derechos restringidos y no eran consideradas ciudadanas activas de la polis. Sus matrimonios eran comúnmente arreglados por su padre y no tenían derecho a herencia; todo lo concerniente a ella era tratado por su padre, hermano o tutor y en el caso de no tener hermanos quienes puedan heredar las tierras paternales, estas iban junto con la mujer en su posición como heredera, es decir, aquel que quisiese las propiedades debía casarse con ella y de estar ya casado, debía divorciarse de su previa esposa.
Las espartanas tenían un rol medianamente participativo en el pueblo espartano. Pese a no poder intervenir en asuntos de Estado, estas no estaban atadas a las labores del hogar, por el contrario gozaba de relativa autonomía y libertad, incluso pudiendo hacer tareas comerciales y literarias, llegando a obtener grandes fortunas. Desde muy niñas se les preparaban para ser mujeres fuertes casi a la misma par de los hombres y su único rol obligatorio era el criar a los hijos hasta los 7 años, edad en la que ya su educación pasaba a manos del Estado.
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