Respuestas
Respuesta dada por:
5
Respuesta:
considera básicamente cinco tipos de tenencia de la tierra: ejidal, comunal, agrícola y ganadera, pequeña propiedad y nacional
Explicación:
En el caso de México, el artículo 27 constitucional considera básicamente cinco tipos de tenencia de la tierra: ejidal, comunal, agrícola y ganadera, pequeña propiedad y nacional (Secretaría de la Reforma Agraria 2007).
coronita plis
Respuesta dada por:
0
Barro ppotlatang arena tnosjatu algo a si son muy rarísimos arcilla
Preguntas similares
hace 3 años
hace 3 años
hace 6 años
hace 6 años
hace 8 años