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Respuesta:Si es empleador o contratante que desea vincular, contratar, emplear o admitir a un extranjero debe: Exigirle la presentación de la Visa que le permita desarrollar la actividad, ocupación u oficio autorizado. Contar con Cédula de Extranjería cuando su permanecía sea igual o superior a tres (3) meses).
Explicación:listo mas nada
coronaaa porfa
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