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Según la forma de propiedad, la tierra puede ser objeto de propiedad privada o de propiedad institucional (del Estado, del municipio o de muy distintas corporaciones); de propiedad individual o de propiedad colectiva y de aprovechamiento común (bienes de propios, comunales,
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propiedad de la tierra puede ser de tres formas: nacional (terrenos nacionales y baldíos), privada y social.
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