3 puntos del informe que debe acompañar el dictamen de un contador público sobre el balance general como revisor fiscal auditor o interventor de cuentas
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Respuesta:
espero q te sirve
Explicación:
1. La Ley 43 de 1990, en el artículo 10 consagra, a favor de los profesionales de la Contaduría
Pública, la Fe Pública, consistente en que:
"La atestación o firma de un contador público en los actos propios de su profesión hará
presumir, salvo prueba en contrario, que el acto respectivo se ajusta a los requisitos legales,
lo mismo que a los estatutarios en el caso de personas jurídicas. Tratándose de balances, se
presumirá además, que los saldos se han tomado fielmente de los libros, que éstos se ajustan
a las normas legales y que las cifras registradas en ellos reflejan en forma fidedigna la
correspondiente situación financiera en la fecha del balance".
Consagra ésta disposición una presunción juris tantum, consistente en que la firma de un
Contador Público, en los actos propios de su profesión, hace presumir lo siguiente:
a. Que el acto respectivo se ajusta a los requisitos legales;
b. Que el acto respectivo se ajusta a los requisitos estatutarios, en el caso de personas
jurídicas;
c. Tratándose de balances, que los saldos se han tomado fielmente de los libros;
d. Que éstos --los libros-- se ajustan a las normas legales;
e. Que las cifras registradas en los libros reflejan en forma fidedigna la correspondiente
situación financiera en la fecha del balance.
La presunción consagrada en esta norma, como se ha dicho, es presunción legal, es decir que,
conforme lo anuncia la misma, admite prueba en contrario. Conforme a esta presunción legal,
pues, los estados financieros suscritos por Contador Público, se entienden fielmente tomados
de los libros de contabilidad, y los valores en ellos reportados se los reputan representación
fiel y fidedigna de la situación financiera del ente económico.
2. CERTIFICACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS: RESPONSABILIDAD DE LA
ADMINISTRACIÓN Y DEL CONTADOR PÚBLICO