• Asignatura: Derecho
  • Autor: milicanul2912
  • hace 4 años

consecuencia legales de las penas o sentencias ​

Respuestas

Respuesta dada por: cheapthrills466
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Respuesta:ARTÍCULO 1 - Dignidad humana. El derecho penal tendrá como fundamento el respeto a la

dignidad humana.

ARTÍCULO 2 - Integración. Las normas y postulados que sobre derechos humanos se

encuentren consignados en la constitución política, en los tratados y convenios internacionales

ratificados por Colombia, harán parte integral de este código.

ARTÍCULO 3 - Principios de las sanciones penales. La imposición de la pena o de la medida de

seguridad responderá a los principios de necesidad, proporcionalidad y razonabilidad.

El principio de necesidad se entenderá en el marco de la prevención y conforme a las

instituciones que la desarrollan.

ARTÍCULO 4 - Funciones de la pena. La pena cumplirá las funciones de prevención general,

retribución justa, prevención especial, reinserción social y protección al condenado.

La prevención especial y la reinserción social operan en el momento de la ejecución de la pena

de prisión.  

ARTÍCULO 5 - Funciones de la medida de seguridad. En el momento de la ejecución de la

medida de seguridad operan las funciones de protección, curación, tutela y rehabilitación.

ARTÍCULO 6. Legalidad. Nadie podrá ser juzgado sino conforme a las leyes preexistentes al

acto que se le imputa, ante el juez o tribunal competente y con la observancia de la plenitud de

las formas propias de cada juicio. La preexistencia de la norma también se aplica para el reenvío

en materia de tipos penales en blanco.

La ley permisiva o favorable, aun cuando sea posterior se aplicará, sin excepción, de preferencia

a la restrictiva o desfavorable. Ello también rige para los condenados.

La analogía sólo se aplicará en materias permisivas.

ARTÍCULO 7- Igualdad. La ley penal se aplicará a las personas sin tener en cuenta

consideraciones diferentes a las establecidas en ella. El funcionario judicial tendrá especial

consideración cuando se trate de valorar el injusto, la culpabilidad y las consecuencias jurídicas

del delito, en relación con las personas que se encuentren en las situaciones descritas en el inciso

final del Artículo 13 de la Constitución Política

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