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Mejor respuesta: los principios jurídicos se constituyen de aquellos principios específicos que, desde una cosmovisión dada, fundamentan a un orden jurídico. Es decir, se constituyen de aquellas proposiciones más abstractas que dan razón de ser o prestan base y fundamento al Derecho. constituyen lo que, en sentido propio, se denomina fenómeno jurídico, y resultan de hechos o conciertos políticos, económicos, culturales, etc.
integran el ordenamiento jurídico, en primer lugar, constituyendo la base de las normas legales y consuetudinarias; en segundo lugar, ofreciendo los medios para interpretarlas; y en tercer lugar, como recurso siempre utilizable en defecto de normas formuladas
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los principios jurídicos se constituyen de aquellos principios específicos que, desde una cosmovisión dada, fundamentan a un orden jurídico. Es decir, se constituyen de aquellas proposiciones más abstractas que dan razón de ser o prestan base y fundamento al Derecho. constituyen lo que, en sentido propio, se denomina fenómeno jurídico, y resultan de hechos o conciertos políticos, económicos, culturales, etc.
integran el ordenamiento jurídico, en primer lugar, constituyendo la base de las normas legales y consuetudinarias; en segundo lugar, ofreciendo los medios para interpretarlas; y en tercer lugar, como recurso siempre utilizable en defecto de normas formuladas
integran el ordenamiento jurídico, en primer lugar, constituyendo la base de las normas legales y consuetudinarias; en segundo lugar, ofreciendo los medios para interpretarlas; y en tercer lugar, como recurso siempre utilizable en defecto de normas formuladas
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