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Respuesta: Los principales derechos de las personas con discapacidad, editado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se terminó de imprimir en julio de 2018 en los talleres de Home Print S. A.
de C. V., Corregidora No. 194, colonia Miguel Hidalgo, 2da. Sección, C. P. 14250, Ciudad de México. El tiraje consta de 20,000
ejemplares.
Este material fue elaborado con papel certificado por la Sociedad
para la Promoción del Manejo Forestal Sostenible A. C.
(Certificación FSC México)
De acuerdo con el último informe realizado por
la Organización Mundial de la Salud y el Banco
Mundial, en todo el mundo existen más de mil
millones de personas con discapacidad, lo que
representa aproximadamente 15% de la población mundial.
Esta cifra sigue aumentando debido al envejecimiento de la población y a las enfermedades
crónico-degenerativas.
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en el inciso “e” de
su Preámbulo, reconoce que la discapacidad
es un concepto que evoluciona, y que resulta de la interacción entre las personas con
deficiencias y las barreras debidas a la actitud
y al entorno.
Por consiguiente, la discapacidad es un fenómeno complejo que refleja una interacción
entre las características del organismo humano y las características de la sociedad en la
que vive. ¿Existe alguna convención específica
sobre los derechos de las personas
con discapacidad?
Sí, la Convención sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad aprobada por la
Resolución A/RES/61/106, el 13 de diciembre
de 2006. Este ordenamiento es el primer tratado en materia de derechos humanos del siglo
XXI y también el firmado con mayor celeridad
en la historia de la Organización de las Naciones Unidas.
Durante las negociaciones, para su elaboración
participaron activamente gobiernos de distintos países, organismos internacionales de derechos humanos y organizaciones de y para
personas con discapacidad, lo que le dio una
visión amplia e integral acerca de los derechos
humanos de estas personas.
Su propósito, contenido en el artículo 1, “es
promover, proteger y asegurar el goce pleno
en condiciones de igualdad de todos los chos humanos y libertades fundamentales por
todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente”.1
Tras ser Ecuador el vigésimo país en ratificarla,
el 3 abril del 2008, dicha convención entró en
vigor el 3 de mayo del mismo año, convirtiéndose en el instrumento rector para involucrar
a las personas con discapacidad en el diseño
de acciones, planes y políticas públicas, para
los países signatarios del mismo.
Este tratado internacional en materia de derechos humanos resulta paradigmático, porque
busca asegurar la inclusión plena y efectiva de
la personas con discapacidad, mediante la
adopción de medidas específicas que los Estados deben implementar de manera transversal y progresiva.
1
Convención sobre los Derechos de las Personas
Explicación: