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Respuesta dada por:
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Explicación:
Ya en el preámbulo se anuncia que sus objetivos son "para nosotros, para nuestra posteridad, y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino". Posteriormente, hay dos artículos en su contenido que hacen referencia a los extranjeros. Uno de ellos es el artículo 20, que afirma, en su primera parte: "Los extranjeros gozan en el territorio de la nación de todos los derechos civiles del ciudadano; pueden ejercer su industria, comercio y profesión; poseer bienes raíces, comprarlos y enajenarlos; navegar los ríos y costas; ejercer libremente su culto; testar y casarse conforme a las leyes".
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