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Respuesta:
espero que te sirva
Explicación:
La Revolución Juliana, iniciada por la joven oficialidad del Ejército el 9 de Julio de
1925, también inició en el Ecuador un nuevo ciclo histórico-político. Gracias a ella se
sentaron las bases para superar el sistema oligárquico-terrateniente, se puso freno a los
abusos y controles de la banca privada sobre el Estado, se impuso el interés nacional
sobre la regionalista plutocracia guayaquileña, se institucionalizó la atención y
preocupación estatal sobre las clases trabajadoras y comenzó un proceso de
modernización de las instituciones públicas.
Durante el ciclo juliano (1925-1931) se sucedieron dos Juntas de Gobierno
provisionales: la primera, integrada por Modesto Larrea Jijón, José Rafael Bustamante,
Pedro Pablo Garaicoa, Francisco Boloña, Luis N. Dillon, Francisco Arízaga Luque y
general Francisco Gómez de la Torre, duró seis meses; la segunda, integrada por Julio
E. Moreno, Homero Viteri Lafronte, Isidro Ayora, Humberto Albornoz, Adolfo Hidalgo
Nevares, José Antonio Gómez Gault, duró tres meses. El 1º. de abril de 1926 la Junta
Militar resolvió terminar con los gobiernos plurales, designando a Isidro Ayora,
Presidente Provisional de la República, quien en 1929 pasó a ser Presidente
Constitucional por decisión de la Asamblea reunida aquel año, y en agosto de 1931 fue
forzado a concluir su mandato, con lo que terminaron los gobiernos julianos.
Los gobiernos ecuatorianos, después de la Revolución Juliana y a partir de 1929 fueron
los siguientes2
:
1. Isidro Ayora, Presidente Constitucional, 1929-1931: dos años y cuatro meses
2. Luis Larrea Alba, Encargado del poder, 1931: dos meses;
3. Alfredo Baquerizo Moreno, Encargado del poder, 1931-1932: diez meses;
4. Carlos Freile Larrea, Encargado del poder, 1932: cinco días;
5. Alberto Guerrero Martínez, Encargado del poder: 1932: tres meses;
6. Juan de Dios Martínez Mera, Presidente Constitucional, 1932-1933: diez meses;
7. Abelardo Montalvo, Encargado del poder, 1933-1934: diez meses;
8. José María Velasco Ibarra, Presidente Constitucional, 1934-1935: once meses;