que quiere decir el artículo 31de la constitución policía de Colombia​

Respuestas

Respuesta dada por: brecier1515
0

Respuesta:

ARTICULO 31.

Toda sentencia judicial podrá ser apelada o consultada, salvo las excepciones que consagre la ley. El superior no podrá agravar la pena impuesta cuando el condenado sea apelante único.

Explicación:

Preguntas similares