Quien escribió el artículo 10 pruebas que demuestran la inocencia del Coronel plazas Vega
Respuestas
Respuesta:
esto es
Explicación:
1. La Procuraduría General de la Nación solicitó a la Juez Tercera Penal del Circuito Especializado de Bogotá –el 17 de septiembre de 2009- que profiera sentencia absolutoria en favor del Coronel Plazas Vega. No existe prueba suficiente que permita establecer la responsabilidad directa del Oficial en retiro con la desaparición de las personas posiblemente rescatadas por miembros del Ejército Nacional que fueron conducidas a la Casa del Florero y cuyo paradero aún se desconoce. Señaló, que ante la fragilidad de la evidencia resulta imposible concluir que se cumplen los requisitos previstos en la Ley para determinar la certeza de una decisión judicial en contra del acusado.
"En suma, frente a la ausencia de la prueba plena que en materia de responsabilidad nuestro ordenamiento instrumental exige para condenar, en sentir del Ministerio Público debe producirse SENTENCIA ABSOLUTORIA a favor del acusado LUIS ALFONSO PLAZAS VEGA"
2. Un Tribunal Especial de Instrucción Criminal integrado por dos Magistrados elegidos por la Corte Suprema de Justica, 10 jueces principales y mas de treinta auxiliares (artículo 1 del Decreto 3300 de 1985) y creado para investigar los delitos cometidos con ocasión de la toma violenta del Palacio determinó en su informe del 30 de mayo de 1986, publicado en el Diario Oficial, que: "
Estos cadáveres no identificados, que no corresponden a guerrilleros, que no son empleados porque la nomina aparece completa entre sobrevivientes e incorporados a las listas de fallecidos ya citadas, son, incuestionablemente, de personas desaparecidas. Y las únicas de que se ha dado cuenta la autoridad durante estos acontecimientos, son las mencionadas, al principio de este capítulo"
3.
El anterior informe también determino: "El Tribunal considera que existe prueba suficiente en el sumario para concluir en que tales personas fallecieron en el 4o piso, a donde fueron conducidas como rehenes en los primeros momentos de los sucesos".
4. El mismo informe asegura: "
Del numero y comprobación de los cadáveres aparecidos en el cuarto piso, examinadas las nominas de Corte Suprema y Consejo de Estado, comprobado el numero de evadidos, existe un grupo de cadáveres que necesariamente, corresponde a desaparecidos y es sensiblemente igual al de la lista que se presenta al principio de este capítulo".
5. La orden que recibió el Coronel Plazas Vega fue la de ingresar al Palacio de Justicia para recuperarlo con sus vehículos blindados y sus tropas, las cuales se emplearon solamente en el primero y segundo pisos.
6. La recuperación del Palacio fue ordenada por el propio ex presidente Belisario Betancur, quien en su condición de Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, dio la orden de restablecer el orden constitucional y democrático al Ejército y la Policía Nacional.
7. El entonces Teniente Coronel Plazas Vega como Comandante de la Escuela de Caballería, cumplió funciones estrictamente de combate y jamás tuvo competencia ni autoridad sobre el manejo de los rescatados ni en la casa del Florero ni en ninguna instalación militar.
8. El Comandante de la Escuela de Caballería, Plazas Vega, en declaraciones a los noticieros de televisión de la época, a las 21:00 horas del día 6 de noviembre, responde que el B-2 fue el encargado de recibir a los evacuados y rehenes en la Casa del Florero y que esa acción no estuvo bajo su jurisdicción, por eso no tiene conocimiento de la misma.
9. El 15 de mayo de 1992 un Juez sin Rostro estableció que el incendio lo provoco en M-19 en su afán de destruir los archivos del narcotráfico.
10. Cuando los vehículos entraron al Palacio no había incendio. Este empezó a las 4pm, tomo fuerza a las 8 pm y se extinguió a las doce de la noche. Los cañonazos de los tanques fueron después de las 12pm, es decir a las 2:30am.
Respuesta:
a sentencia de 358 páginas con la que anoche la Sala Penal de la Corte Suprema tumbó la condena al coronel Luis Alfonso Plazas Vega por la desaparición de dos personas en la retoma del Palacio de Justicia gira alrededor de 5 grandes ejes.
Como lo que hace la Corte en la casación es solo revisar si las sentencias de segunda instancia tienen errores graves, la Corte no llamó a testigos ni realizó nuevas pruebas. Y como para que se cayera la condena bastaba con demostrar una duda suficiente para que se mantuviera la presunción de inocencia de Plazas, lo que hizo la Corte fue desvirtuar las pruebas centrales de la sentencia del Tribunal. Con eso, lo declaró definitivamente inocente por esas desapariciones.
Explicación:
ESPERO QUE TE AYUDE