• Asignatura: Castellano
  • Autor: Andrewfreestyle11
  • hace 4 años

¿Qué es la constitucionalidad escolar?

Respuestas

Respuesta dada por: yamiletrodriguezpalo
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Respuesta:

l derecho a una educación de calidad para todos en México, establecido en el artículo 3º constitucional, se sustenta en los principios identificados en las literaturas nacional e internacional sobre el tema, y, además, incorpora el principio de mejora constante.

Garantizar el derecho a la educación para todos implica que el Estado asegure a todas las niñas, niños y jóvenes en edad de cursar la educación obligatoria tres condiciones: acceso, permanencia y logros de aprendizaje que sean relevantes, útiles y significativos para la vida.

Este derecho sólo puede considerarse garantizado cuando la educación que se imparte es de calidad, lo cual, de acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), implica una mejora constante en los siguientes componentes: la infraestructura; la organización escolar; los materiales y métodos educativos; y los docentes y directivos escolares.

A pesar de los importantes avances del Estado mexicano, las evaluaciones desarrolladas por el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE) señalan grandes desafíos que es necesario enfrentar, no sólo por las insuficiencias en la cobertura y la permanencia escolares, sino también por los bajos niveles de logro de los estudiantes. A lo anterior se suma la desigualdad observada entre los distintos tipos de servicios educativos.

La precisión y la calidad de la información que desde 2002 aporta el INEE año con año, y desde 2013 gracias a su autonomía, se han convertido en herramientas para impulsar la pertinencia y la eficacia de las acciones del Estado, y para impulsar de manera progresiva la garantía del derecho a una educación de calidad para todos.

Las evaluaciones al Sistema Educativo Nacional (SEN) que realiza el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE), sirven para responder una pregunta fundamental de interés tanto para el tEstado como para el resto de la sociedad: ¿qué tanto se garantiza en México el derecho humano a la educación de calidad para todos? —mandato que constituye una obligación del Estado gracias a lo que está consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM)—.

En el mismo artículo se enuncian, asimismo, los principios fundamentales del derecho a la educación:

Universalidad: "Toda persona tiene derecho a recibir educación [...]. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias" (párrafo primero).

Equidad: "Contribuirá a la mejor convivencia humana [...] evitando los privilegios de razas, de religión, de grupos, de sexos o de individuos" (fracción ii, inciso c).

Logro (aprendizaje efectivo): "Será de calidad [y buscará] el máximo logro académico de los educandos" (fracción ii, inciso d).

Suficiencia y calidad de la oferta: "El Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos" (párrafo tercero).

Este último principio obliga al Estado a garantizar una educación progresivamente amplia y orientada a la búsqueda de mayor igualdad; y además, permite entender a la educación de calidad como aquella que, con arraigo en el propio momento histórico, se adapta para impulsar la mejora de cada ciudadano y de la sociedad en su conjunto.

Las niñas, niños y adolescentes (NNA) son los titulares del derecho a la educación, lo cual implica que el cumplimiento de este derecho como un deber de las instituciones del Estado mexicano —en sus tres órdenes de gobierno— debe asegurárseles. El enfoque de la educación basada en derechos humanos parte de la premisa de que es necesario que los individuos tengan la capacidad de goce y ejercicio de sus derechos, mientras que el Estado está obligado a promover, respetar, proteger y garantizar la realización de estos derechos. Es decir, este enfoque hace hincapié en el desarrollo de capacidades (aptitudes, recursos, habilidades, responsabilidades y autoridad) con el fin de que las personas puedan consultar la información, reclamar, participar, proponer y obtener reparación ante el incumplimiento del derecho. Subraya, además, que las facultades del Estado para cumplir con estos derechos deben fortalecerse en todos los niveles (federal y local).

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