12-C Siel autor de la obra vende sus derechos económicos, pierde la totalidad de su
derecho de propiedad ?
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Artículo 1o.- La presente Ley, reglamentaria del artículo 28 constitucional, tiene por objeto la
salvaguarda y promoción del acervo cultural de la Nación; protección de los derechos de los autores, de
los artistas intérpretes o ejecutantes, así como de los editores, de los productores y de los organismos de
radiodifusión, en relación con sus obras literarias o artísticas en todas sus manifestaciones, sus
interpretaciones o ejecuciones, sus ediciones, sus fonogramas o videogramas, sus emisiones, así como
de los otros derechos de propiedad intelectual.
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